Alumbrado y Señalización en motos, ciclomotores, cuatriciclos y quads para la ITV

Alumbrado y Señalización en motos, ciclomotores, cuatriciclos y quads para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).

 

Tablas resumen de vehículos de dos, tres ruedas, cuadriciclos y quads

 

Los vehículos homologados por el Reglamento (UE) 168/2013, deben disponer obligatoriamente de encendido automático de luces y catadióptricos laterales no triangulares.

Alumbrado y Señalización en motos, ciclomotores, cuatriciclos y quads para la ITV para motocicletas

  Alumbrado y Señalización para la ITV para MOTOCICLETAS  
DESCRIPCIÓN NÚMERO COLOR SITUACIÓN OBLIGATORIO O NO
Luces de cruce 1 ó 2 Blanco* Delante (1) Obligatorio
Luz de carretera 1 ó 2 Blanco* Delante (1) Obligatorio
Luces indicadoras de dirección 2 delante y 2 detrás Amarillo auto Bordes exteriores Opcional (2)
Señal de emergencia Igual nº qυe los indicadores de dirección Amarillo auto Igual qυe los indicadores de dirección Opcional
Luz de frenado 1 ó 2 Rojo Detrás (1) Obligatorio
Luz de la placa de matrícula trasera 1 Blanco La necesaria para iluminar la placa Obligatorio
Luces de posición delantera y trasera 1 ó 2 delantera

 

1 ó 2 trasera

Blanco delantera

 

Rojo trasera

Delante (1)

 

Detrás (1)

Obligatorio

 

Obligatorio

Luz antiniebla trasera 1 ó 2 Rojo Detrás (1) Opcional
Luz antiniebla delantera 1 ó 2 Blanco o amarillo selectivo  

Delante (1)

 

Opcional
Catadióptricos traseros no triangulares 1 Rojo Detrás Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares 1 ó 2 por cada lado Amarillo auto en la parte delantera

o rojo en la parte trasera

Lateral Opcional**
Luz de circulación diurna 1 ó 2 Blanco Delante Opcional

 

  • Si es una luz, en el plano longitudinal medio del vehículo. Si son dos luces, simétricas con respecto al plano longitudinal medio del vehículo.
  • Pasará a ser obligatorio para vehículos matriculados por primera vez a partir del 1/11/99.

La situación y altura de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente de vehículos de dos y tres ruedas.

**        Obligatorio para los vehículos homologados por el Reglamento (UE) 168/2013 de aplicación obligatoria en matriculación 1/1/2017

 

 

Alumbrado y Señalización para motocicletas con sidecar

  Alumbrado y Señalización para la ITV para MOTOCICLETAS  CON  SIDECAR  
DESCRIPCIÓN NÚMERO COLOR SITUACIÓN OBLIGATORIO O NO
Luces de cruce 1 ó 2 Blanco* Delante (1) Obligatorio
Luz de carretera 1 ó 2 Blanco* Delante (1) Obligatorio
Luces indicadoras de dirección 2 delante y 2 detrás Amarillo auto Bordes exteriores Opcional (5)
Señal de emergencia Igual nº qυe los indicadores de dirección Amarillo auto Igual qυe los indicadores de dirección Opcional
Luz de frenado 2 ó 3  (2) Rojo Detrás (3) Obligatorio
  MOTOCICLETAS  CON  SIDECAR  
DESCRIPCIÓN NÚMERO COLOR SITUACIÓN OBLIGATORIO O NO
Luz de la placa de matrícula trasera 1 Blanco La necesaria para iluminar la placa Obligatorio
Luces de posición delantera y trasera 2 ó 3 delantera (2)

 

2 ó 3 trasera (2)

Blanco delantera

 

Rojo trasera

Delante (3)

 

Detrás (3)

Obligatorio

 

Obligatorio

Luz de circulación diurna 1 ó 2 Blanco Delante Opcional
Luz antiniebla trasera 1 ó 2 Rojo Detrás (1) Opcional
Luz antiniebla delantera 1 ó 2 Blanco  

Delante (1)

 

Opcional
Catadióptricos traseros no triangulares 1 ó 2 Rojo Detrás (1) Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares 1 ó 2 por cada lado Amarillo auto Lateral Opcional

 

  • Si es una luz, en el plano longitudinal medio del vehículo. Si son dos luces, simétricas con respecto al plano longitudinal medio del vehículo.
  • Sólo una en el sidecar.
  • En el exterior. Si hay dos en la motocicleta, simétricas con respecto al plano medio longitudinal de ésta.
  • Si sólo es una, en el lado izquierdo del vehículo.
  • Pasará a ser obligatorio para los vehículos matriculados por primera vez a partir del el 01/11/1999.

La situación y altura de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente de vehículos de dos y tres ruedas.

 

* Salvo algunos vehículos antiguos homologados y/o matriculados con luces amarillas

 

 

Alumbrado y Señalización en motos, ciclomotores, cuatriciclos y quads para la ITV para motocicletas

Alumbrado y Señalización para la ITV para VEHÍCULO DE TRES RUEDAS O CUADRICICLOS NO LIGEROS  
DESCRIPCIÓN NÚMERO COLOR SITUACIÓN OBLIGATORIO O NO
Luces de cruce 1 ó 2 (1) Blanco* Delante (2) Obligatorio
Luz de carretera 1 ó 2 (1) Blanco* Delante (2) Obligatorio
Luz de circulación diurna 1 ó 2 Blanco Delante Opcional
Luz de marcha atrás 1 ó 2 Blanco Trasera Opcional
Luces indicadoras de dirección 2 por lado Amarillo auto Bordes exteriores Opcional (5)
Señal de emergencia Igual nº qυe los indicadores de dirección Amarillo auto Igual qυe los indicadores de dirección Opcional (5)
Luz de frenado 1 ó 2  (1) Rojo Detrás (2) Obligatorio
Luz de la placa de matrícula trasera 1 Blanco La necesaria para iluminar la placa Obligatorio
Luces de posición delantera y trasera 1 ó 2 delantera (1)

 

1 ó 2 trasera (1)

Blanco delantera

 

Rojo trasera

Delante (2)

 

Detrás (2)

Obligatorio

 

Obligatorio

Luz antiniebla trasera 1 ó 2 (3) Rojo Detrás Opcional
Luz antiniebla delantera 1 ó 2 (1) Blanco o amarillo selectivo  

Delante

 

Opcional
Catadióptricos traseros no triangulares

(4)

1 ó 2 Rojo Detrás Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares 1 ó 2 por cada lado Amarillo auto Lateral Opcional

 

  • Se exigirán dos luces para los vehículos cuya anchura máxima sobrepase los 300 mm.
  • Si es una luz, en el plano longitudinal medio del vehículo. Para vehículos con anchura superior a 300 mm; en los extremos.
  • Si sólo es una, en el lado izquierdo del vehículo.
  • Un catadióptrico trasero no triangular en los vehículos con anchura hasta 000 mm, a partir de la cual, deberán equipar dos.
  • Pasará a ser obligatorio para los vehículos matriculados por primera vez a partir del el 01/11/1999.
  • La situación y altura de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente de vehículos de dos y tres ruedas.

 

  Alumbrado y Señalización para la ITV para CICLOMOTOR DE DOS RUEDAS  
DESCRIPCIÓN NÚMERO COLOR SITUACIÓN OBLIGATORIO O NO
Luz de cruce 1 ó 2 Blanco* Delante Obligatorio
Luz de carretera 1 ó 2 Blanco* Delante Opcional
Luz de circulación diurna 1 ó 2 Blanco Delante Opcional
Luces indicadoras de dirección 2 por lado Amarillo auto A ambos lados, delante y detrás Opcional
Luz de frenado 1 ó 2 Rojo Detrás Obligatorio (1)
Luz de la placa de matrícula trasera 1 Blanco La necesaria para iluminar la placa Opcional
Luces de posición delantera y trasera 1 ó 2 delantera

 

1 ó 2 trasera

Blanco delantera

 

Rojo trasera

Delante

 

Detrás

Opcional

 

Obligatorio

Catadióptricos traseros no triangulares 1 Rojo Detrás Obligatorio
Catadióptricos delanteros no triangulares 1 Blanco Delante Opcional
Catadióptricos laterales no triangulares 1 ó 2 por cada lado Amarillo auto Lateral Obligatorio (1)
Catadióptricos en los pedales (2) 4 Amarillo auto 2 en cada pedal Obligatorio

 

  • Opcional para ciclomotores puestos en circulación hasta 01/11/99.
  • Cuando éstos existen y no sean retráctiles.
  • La situación y altura de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente de vehículos de dos y tres ruedas.

 

* Salvo algunos vehículos antiguos homologados y/o matriculados con luces amarillas

Alumbrado y Señalización para la ITV para CICLOMOTOR DE TRES RUEDAS, CUADRICICLO LIGERO   
DESCRIPCIÓN NÚMERO COLOR SITUACIÓN (7) OBLIGATORIO O NO
Luz de cruce 1 ó 2 (1) Blanco* Delante (2) Obligatorio
Luz de carretera 1 ó 2 (1) Blanco* Delante (2) Opcional
Luz de circulación diurna 1 ó 2 Blanco Delante Opcional
Luces indicadoras de dirección 2 por lado Amarillo auto Bordes exteriores Obligatorio (3)
Luz de frenado 1 ó 2 (1) Rojo Detrás (2) Obligatorio (6)
Luz de la placa de matrícula trasera 1 ó 2 Blanco La necesaria para iluminar la placa Opcional
Luces de posición delantera y trasera 1 ó 2 delantera (1)

 

1 ó 2 trasera (1)

Blanco delantera

 

Rojo trasera

Delante (2)

 

Detrás (2)

Obligatorio

 

Obligatorio

Catadióptricos traseros no triangulares (4) 1 ó 2 Rojo Detrás Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares 1 ó 2 Amarillo auto Laterales Opcional
Catadióptricos en los pedales 4 Amarillo auto 2 en cada pedal Obligatorio (5)
Luz antiniebla delantera 1 ó 2 (8) Blanco o amarillo selectivo Delante Opcional
Luz antiniebla trasera 1 ó 2 (9) Rojo Detrás Opcional

 

Luz de marcha atrás 1 ó 2 Blanco Trasera Opcional
Señal de emergencia Igual nº qυe los indicadores de dirección Amarillo auto Igual qυe los indicadores de dirección Opcional
  Fecha de entrada en vigor: 30/04/2020 Página 227  Sección II

 

 

Alumbrado y Señalización para la ITV para QUAD

    Alumbrado y Señalización para la ITV para QUAD    
DESCRIPCIÓN NÚMERO COLOR SITUACIÓN OBLIGATORIO O NO
Luz de cruce 1 ó 2 (1) Blanco Delante (2) Obligatorio
Luz de carretera 1 ó 2 (1) Blanco* Delante (2) Opcional
Luz de circulación diurna 1 ó 2 Blanco Delante Opcional
Luces indicadoras de dirección 2 por lado Amarillo auto Bordes exteriores Obligatorio (3)
Luz de frenado 1 ó 2 (1) Rojo Detrás (2) Obligatorio
Luz de la placa de matrícula trasera 1 ó 2 Blanco La necesaria para iluminar la placa Obligatorio
Luces de posición delantera y trasera 1 ó 2 delantera (1)

 

1 ó 2 trasera (1)

Blanco delantera

 

Rojo trasera

Delante (2)

 

Detrás (2)

Obligatorio

 

Obligatorio

Catadióptricos traseros no triangulares (4) 1 ó 2 Rojo Detrás Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares 1 ó 2 Amarillo auto Laterales Opcional
Luz antiniebla delantera 1 ó 2 (8) Blanco Delante Opcional
Luz antiniebla trasera 1 ó 2 (9) Rojo Detrás Opcional
Señal de emergencia Igual nº qυe los indicadores de dirección Amarillo auto Igual qυe los indicadores de dirección Obligatorio

 

  • Se exigirán dos luces para los vehículos cuya anchura máxima sobrepase los 300 mm.
  • Si es una luz, en el plano longitudinal medio del vehículo. Para vehículos con anchura superior a 300 mm en los extremos. (2 luces situadas simétricamente) (3) Obligatorio para vehículos con carrocería cerrada y opcional para vehículos sin carrocería cerrada.
  • Un catadióptrico trasero no triangular en los vehículos con anchura hasta 1m., a partir de la cual deberán estar equipados de dos. Se exigirán 2 catadióptricos traseros no triangulares en los vehículos cuya anchura máxima sobrepase 1 m.
  • Cuando éstos existan y no sean retráctiles.
  • Opcional para ciclomotores puestos en circulación hasta el 01/11/99.
  • La situación y altura de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente de vehículos de dos y tres ruedas.
  • Se exigirán dos luces para los vehículos cuya anchura máxima sobrepase los 300 mm.
  • Si sólo es una, en el lado izquierdo del vehículo.

 

Para los quads se admitirán proyectores delanteros homologados para ciclomotores.

 

* Salvo algunos vehículos antiguos homologados y/o matriculados con luces amarillas

 

 

MARCAJES DE HOMOLOGACIÓN NORMALIZADOS (Directiva 97/24/CE)

 

PROYECTORES DE CRUCE Y CARRETERA PARA MOTOCICLETAS Y VEHÍCULOS DE

TRES RUEDAS (*)

Lámparas de incandescencia Lámparas halógenas de incandescencia
C ó C/ Luz de cruce HC ó HC/ Luz de cruce
R ó R/ Luz de carretera HR Ó HR/ Luz de carretera
CR Luz de cruce + carretera HCR Luz de cruce + carretera
C/R Luz de cruce o carretera HC/R Luz de cruce o carretera
MB Luz de cruce + carretera MBH Luz de cruce + carretera
MB/ Luz de cruce o carretera MBH/ Luz de cruce o carretera
RL/A Luz de circulación diurna/Luz de posición

delantera

   

(*) Las letras PL incluidas a continuación del marcaje de homologación, indican qυe el proyector lleva una lente de material plástico

(/) Símbolo adicional qυe indica qυe no puede encenderse con cualquiera otra luz con la qυe esté mutuamente incorporada.

 

 

PROYECTORES DE NIEBLA PARA MOTOCICLETAS Y VEHÍCULOS DE TRES RUEDAS
F ó B Luz antiniebla delantera

 

 

  PILOTOS DE SEÑALIZACIÓN
A o 50R Luz de posición delantera
11 Luz indicadora de dirección delantero
12 Luz indicadora de dirección trasero
11-12 Luz indicadora de dirección delantero-trasero
AR Luz de marcha atrás (sólo tres ruedas y cuadriciclos)
F Luz de niebla trasera
IA Catadióptrico
S o 50R Luz de pare

 

 

 

LÁMPARAS PARA PROYECTORES DE CICLOMOTORES 

(a efectos de información)

Lámparas de incandescencia Lámparas halógenas de incandescencia
Categoría Filamentos – potencia Categoría Filamentos – potencia
S3 1 – 15 W HS2 1 – 15 W
S4 2 – 15/15 W    

 

 

LÁMPARAS PARA PROYECTORES DE MOTOCICLETAS Y VEHÍCULOS DE TRES RUEDAS

(a efectos de información)

Lámparas de incandescencia Lámparas halógenas de incandescencia
Categoría Filamentos – potencia Categoría Filamentos – potencia
S1 2 – 25/25 W HS1 2 – 35/35 W
S2 2 – 35/35 W H1 1 – 55 W
R2 2 – 40/45 W H2 1 – 55 W
    H3 1 – 55 W
    H4 2 – 55/60 W
    H7 1 – 55 W
    HB3 1 – 60 W
    HB4 1 – 51 W