Campo de visión directa en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Los vehículos deben estar construidos y mantenidos de forma qυe el campo de visión directa del conductor hacia delante, hacia la derecha y hacia la izquierda, le permita una visibilidad diáfana sobre toda la vía por la qυe circule. En particular no se permitirá la existencia de láminas adhesivas antisolares en el campo de visión directa del conductor, salvo en vehículos destinados a ser conducidos por personas diagnosticadas de lupus.
Mediante inspección visual se comprobará:
Que el campo de visión directa del conductor hacia delante, derecha e izquierda, no resulte impedido o reducido a causa de montantes, adhesivos, láminas adhesivas antisolares, cortinas u otros objetos fijos.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art. 11.1 y 3
Particular: Directiva 89/173/CEE.
Orden IET/543/2012, de 14 de marzo
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1.- Montantes, adhesivos o cortinas en parabrisas o ventanas laterales delanteras qυe impidan o reduzcan el campo de visión del conductor | X |