Retrovisores en coches para la ITV

Retrovisores en coches para la ITV

                                      

 

Los vehículos de las categorías M y N deberán estar equipados con espejos retrovisores de acuerdo con las tablas qυe se incluyen a continuación, teniendo en cuenta su clase, número y fecha de obligatoriedad.

 

 Los espejos retrovisores se clasifican como sigue:

 

Clase I: Retrovisor interior.

 

Clase II:         Retrovisor exterior principal (grande).

 

Clase III Retrovisor exterior principal (pequeño).

 

Clase IV: Retrovisor exterior gran angular.

 

Clase V: Retrovisor exterior de proximidad (*)

 

Clase VI: Retrovisor exterior frontal (*).

 

(*) Los retrovisores de las clases V y VI deben instalarse en los vehículos de tal manera que, en todas las posiciones posibles de regulación, ningún punto de dichos retrovisores o de sus soportes esté situado a una altura de menos de 2 m. del suelo estando el vehículo con la carga correspondiente a su MTMA. No obstante, dichos retrovisores estarán prohibidos en los vehículos cuya cabina tenga tal altura qυe no sea posible cumplir esta disposición: en este caso no se exigirá ningún otro dispositivo de visión indirecta.

 

Retrovisores obligatorios y opcionales para vehículos de la categoría M1

 

Fecha de matriculación

Retrovisor Interior Retrovisores exteriores
Principales Gran angular De proximidad

(al menos a 2 m.

por encima del suelo)

Frontal

(al menos a 2 m.

por encima del suelo)

Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V  Clase VI 
hasta

14/04/77

Uno o varios espejos retrovisores ———— —————- —————-
desde

14/04/77 hasta

1/10/90

 

1 Opcional 1 opcional 1 lado conductor

obligatorio y

1 lado pasajero

obligatorio(1) (3)

1 lado conductor

1 lado pasajero  opcionales

1 lado conductor

1 lado pasajero  opcionales

1 opcional
Desde

1/10/90 hasta

25/01/2010

 

1 obligatorio

(2)

1 opcional 1 lado conductor

obligatorio y

1 lado pasajero

opcional (3)

1 lado conductor

1 lado pasajero  opcionales

1 lado conductor

1 lado pasajero  opcionales

1 opcional
Desde 26/01/2010 1

obligatorio(4)

 

1 lado conductor y

1 lado pasajero opcionales

1 lado conductor y

1 lado pasajero

obligatorio (3)

1 lado conductor

1 lado pasajero opcionales

1 lado conductor

1 lado pasajero  opcionales

1 opcional

 

En los vehículos con ventanilla posterior de dimensiones suficientes y cuya carga con remolque no dificulten la visibilidad el espejo retrovisor de la derecha puede ser reemplazado por uno interior.

Cuando el retrovisor interior no permita los requisitos de visibilidad especificados en la reglamentación vigente podrá ser reemplazado por uno exterior derecho de la clase III.

Se admiten los retrovisores de la clase II.

A menos qυe el retrovisor no proporcione visibilidad posterior, en cuyo caso será opcional

 

Retrovisores obligatorios y opcionales para vehículos de las categorías M2 y  M3  (excepto cuando realicen transporte escolar)

Fecha de matriculació n Retrovisor

Interior

Retrovisores exteriores
Principales Gran angular De proximidad

(al menos a 2 m. por encima del

suelo)

Frontal

(al menos a 2 m. por encima del

suelo)

Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V Clase VI
 

hasta 14/04/77

 

Uno o varios espejos

retrovisores

 

—————- —————- —————- —————-
desde  14/04/77  hasta 01/10/90

 

1 opcional 1 lado conductor

y

1 lado pasajero

obligatorio(1)

No autorizado 1 lado conductor 1 lado pasajero  opcionales 1 lado conductor

y

1 lado pasajero  opcionales

1 opcional
desde 01/10/90 1 opcional 1 conductor y 1 pasajero obligatorios No autorizado 1 lado conductor 1 lado pasajero  opcionales 1 lado conductor 1 lado pasajero  opcionales 1 opcional

 

En los vehículos con ventanilla posterior de dimensiones suficientes y cuya carga con remolque no dificulten la visibilidad el espejo retrovisor de la derecha puede ser reemplazado por uno interior.

 

Retrovisores obligatorios y opcionales para vehículos de las categorías N1

Fecha de matriculació n Retrovisor

Interior

Retrovisores exteriores
Principales Gran angular De proximidad

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Frontal

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V  Clase VI 
Fecha de matriculació n Retrovisor

Interior

Retrovisores exteriores
Principales Gran angular De proximidad

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Frontal

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V  Clase VI 
 

hasta 14/04/77

 

Uno o varios espejos

retrovisores

 

—————- —————- —————- —————-
desde  14/04/77  hasta 01/10/90

 

1  opcional 1 lado conductor  y 1 lado pasajero

opcionales

 

1 lado conductor obligatorio y 1 lado pasajero obligatorio

(1)(3)

 

1 lado conductor y 1 lado pasajero  opcionales

 

1 lado conductor y 1 lado pasajero  opcionales

1 opcional
desde 01/10/90 hasta 25/01/2010

 

1 obligatorio(2) 1 lado conductor y 1 lado pasajero

opcionales

 

1 lado conductor obligatorio y 1 lado pasajero opcional (3)  

1 lado conductor 1 lado pasajero  opcionales

 

1 lado conductor y 1 lado pasajero  opcionales

1 opcional
Desde

26/01/2010

1 obligatorio(4)

 

1 lado conductor y  1 lado pasajero opcionales 1 lado conductor y 1 lado pasajero obligatorios (3) 1 lado conductor  1 lado pasajero opcionales 1 lado conductor 1 lado pasajero  opcionales 1 opcional

 

En los vehículos con ventanilla posterior de dimensiones suficientes y cuya carga con remolque no dificulten la visibilidad el espejo retrovisor de la derecha puede ser reemplazado por uno interior.

Cuando el retrovisor interior no permita los requisitos de visibilidad especificados en la reglamentación vigente podrá ser reemplazado por uno exterior derecho de la Clase III.

Se admiten los retrovisores de la clase II.

A menos qυe el retrovisor no proporcione visibilidad posterior, en cuyo caso será opcional.

 

Retrovisores obligatorios y opcionales para vehículos de la categorías N2  7.5 toneladas

Fecha de matriculación Retrovisor

Interior

Retrovisores exteriores
Principales Gran angular De proximidad

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Frontal

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V  Clase VI 
 

hasta 14/04/77

 

 

Uno o varios espejos retrovisores

—————- —————- —————- —————-
Fecha de matriculación Retrovisor

Interior

Retrovisores exteriores
Principales Gran angular De proximidad

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Frontal

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V  Clase VI 
desde  14/04/77  hasta 01/10/90

 

1 opcional 1 lado conductor

y

1 lado pasajero

obligatorios (1)

No autorizado  

1 lado conductor y 1 lado pasajero  opcionales

1 lado conductor y 1 lado pasajero  opcionales 1 opcional
desde  01/10/90  hasta

01/01/2000

 

1 opcional 1 lado conductor y 1 lado pasajero obligatorios No autorizado 1 lado conductor y 1 lado pasajero  opcionales 1 lado conductor y 1 lado pasajero  opcionales 1 opcional
desde 01/01/2000 hasta 26/07/2008 1 opcional 1 lado conductor y 1 lado pasajero obligatorios No autorizado 1 lado conductor opcional y 1 lado pasajero

Obligatorio (4)

1 lado conductor opcional y 1 lado pasajero

obligatorio (2)

(3)

1 opcional(2) (5)
Desde

27/07/2008

1 opcional 1 lado conductor y lado pasajero obligatorios No autorizado 1 lado conductor y 1 lado pasajero obligatorios (4) 1 lado conductor opcional y 1 lado pasajero

obligatorio (2)

(3)

1 opcional(2) (5)

 

En los vehículos con ventanilla posterior de dimensiones suficientes y cuya carga con remolque no dificulten la visibilidad el espejo retrovisor de la derecha puede ser remplazado por uno interior.

 

Los retrovisores de la clase V y de la clase VI deberán instalarse en los vehículos de tal manera qυe en todas las posiciones de regulación, ningún punto de dichos retrovisores o de sus soportes esté situado a una altura de menos de 2 metros del suelo, estando el vehículo con el vehículo con la carga correspondiente a su masa de carga máxima técnicamente admisible.

No obstante, dichos retrovisores estarán prohibidos en los vehículos cuya cabina tenga tal altura qυe no sea posible cumplir esta disposición; en este caso no se exigirá ningún otro dispositivo de visión indirecta.

 

En caso de qυe el campo de visión pueda obtenerse mediante una combinación del campo de visión de un retrovisor gran angular de la clase IV y un retrovisor frontal de la clase VI, no será obligatoria la instalación de un retrovisor de proximidad de la clase V.

Opcional si no puede montarse un retrovisor de la clase V

 

En el caso de qυe el campo de visión descrito de un retrovisor frontal, pueda obtenerse con otro dispositivo de visión indirecta, homologado de conformidad con la parte B del anexo II, podrá utilizarse tal dispositivo en lugar de un retrovisor.

Si los vehículos de estas categorías con otras características de fabricación relativas a la carrocería no pueden cumplir las especificaciones mediante un retrovisor frontal, deberá utilizarse un dispositivo con cámara y monitor. Si ninguna de estas opciones proporciona un campo adecuado de visión, se utilizará cualquier otro dispositivo de visión indirecta.

 

Retrovisores obligatorios y opcionales para vehículos de las categorías N2  7,5 toneladas y N3

Fecha de matriculació n Retrovisor Interior Retrovisores exteriores
Principales Gran angular De proximidad

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Frontal

(al menos a 2 m. por encima del suelo)

Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V  Clase VI 
 

hasta 14/04/77

 

 

Uno o varios espejos retrovisores

—————- —————- —————- —————-
desde  14/04/77  hasta 01/10/90

 

1 opcional 1 lado conductor

y

1 lado pasajero obligatorios(1)

No autorizado  

1 lado conductor

y

1 lado pasajero  opcionales

1 lado conductor

y

1 lado pasajero  opcionales

1 opcional
desde  01/10/90  hasta  01/01/2000

 

1 opcional 1 lado conductor y 1 lado pasajero obligatorios No autorizado 1 lado conductor opcional y  1 lado pasajero

obligatorio

 

1 lado conductor opcional y  1 lado pasajero

obligatorio

 

1 opcional
desde  01/01/2000

Hasta

26/07/2008

1 Opcional 1 lado conductor y 1 lado pasajero obligatorios No autorizado 1 lado conductor opcional y  1 lado pasajero

obligatorio (4)

 

1 lado conductor opcional y 1

lado pasajero

obligatorio (2) (3)

1 opcional (2) (5)
desde 27/07/2008 1 Opcional 1 lado conductor y 1 lado pasajero obligatorios No autorizado 1 lado conductor y 1 lado pasajero  obligatorios (4) 1 lado conductor opcional y 1

lado pasajero

obligatorio (2) (3)

1 obligatorio

(2) (5)

 

En los vehículos con ventanilla posterior de dimensiones suficientes y cuya carga con remolque no dificulten la visibilidad el espejo retrovisor de la derecha puede ser remplazado por uno interior.

 

Los retrovisores de la clase V y de la clase VI deberán instalarse en los vehículos de tal manera que, en todas las posiciones posibles de regulación, ningún punto de dichos retrovisores o de sus soportes esté situado a una altura de menos de 2 m del suelo, estando el vehículo con la carga correspondiente a su masa de carga máxima técnicamente admisible.

No obstante, dichos retrovisores estarán prohibidos en los vehículos cuya cabina tenga tal altura qυe no sea posible cumplir esta disposición; en este caso no se exigirá ningún otro dispositivo de visión indirecta.

 

En caso de qυe el campo de visión pueda obtenerse mediante una combinación del campo de visión de un retrovisor gran angular de la clase IV y un retrovisor frontal de la clase VI, no será obligatoria la instalación de un retrovisor de proximidad de la clase V.

 

Opcional si no puede montarse un retrovisor de la clase V.

 

En caso de qυe el campo de visión descrito de un retrovisor frontal, pueda obtenerse con otro dispositivo de visión indirecta, homologado de conformidad con la parte B del anexo II, podrá utilizarse tal dispositivo en lugar de un retrovisor.

Si los vehículos de estas categorías con otras características de fabricación relativas a la carrocería no pueden cumplir las especificaciones mediante un retrovisor frontal, deberá utilizarse un dispositivo con cámara y monitor. Si ninguna de estas opciones proporciona un campo adecuado de visión, se utilizará cualquier otro dispositivo de visión indirecta.

 

                

 

Mediante inspección visual se comprobará:

 

La existencia de los espejos retrovisores reglamentarios, homologados en su caso.

La ubicación reglamentaria de los espejos retrovisores instalados en el vehículo, según su clase. –        El estado de las superficies de retrovisión.

La fijación.

 

 

           REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

 

General: Reglamento General de Vehículos, Art. 11.2.

 

Particular: Directiva 71/127/CEE

Directiva 2003/97/CE

Directiva 2007/38/CE

Reglamento CEPE/ONU 46 R (Vehículos M y N).

Resolución de la FALTA GRAVEI de 3/07/2008 (BOE 19/07/2008)

 

          INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

Calificación
FALTA LEVE FALTA GRAVE FALTA MUY GRAVE
1.-    Inexistencia de alguno de los retrovisores reglamentarios ………………………  X
2.- Ubicación no reglamentaria X
Calificación
FALTA LEVE FALTA GRAVE FALTA MUY GRAVE
3.- Deterioro de las superficies qυe dificulten la retrovisión

3.1 Si es obligatorio

3.2 Si es opcional

X
X
4.- Fijación defectuosa

4.1 Con riesgo de desprendimiento

X
X X
5.-  Retrovisor de las clases V o VI montado a una altura no reglamentaria X
6.- No llevar dos espejos retrovisores exteriores (situados a izquierda y derecha del conductor) estando la luneta trasera

equipada con lámina plástica reglamentaria

X
8.-   Retrovisor no homologado, en su caso X

 

Algunos vehículos afectados por esta norma: 

Toyota Corolla
Ford F-Series
Volkswagen Golf
Honda Civic
Toyota RAV4
Honda CR-V
Volkswagen Tiguan
Ford Focus
Chevrolet Silverado
Volkswagen Polo
Toyota Camry
Hyundai Elantra
Hyundai Tucson
Ram pick-up
Wuling Hong Guang
Volkswagen Jetta
Haval H6
Honda Accord
Volkswagen Lavida
Nissan Qashqai
Toyota Hilux
Volkswagen Passat
Nissan Rogue
Nissan X-Trail
Kia Sportage
Skoda Octavia
Nissan Sylphy
Mazda CX-5
Renault Clio
Ford Fiesta
Mazda 3
Buick Excelle
Ford Escape
Toyota Yaris
Chevrolet Equinox
Chevrolet Malibu
Mercedes Clase C
Chevrolet Cruze
Toyota Highlander
Honda HR-V
GAC Trumpchi GS4
Ford Transit
Volkswagen Sagitar
Ford Explorer
Nissan Sentra
Jeep Grand Cherokee
Audi A3
Baojun 510
Honda Fit
Volkswagen Santana
Peugeot 208
Ford Edge
Baojun 730
Buick Envision
Jeep Cherokee
Mercedes GLC
Hyundai Santa Fe
GMC Sierra
Isuzu D-Max
Hyundai Sonata
Ford Escort
Jeep Compass
Kia Rio
Jeep Renegade
Nissan Altima
Hyundai i20
Subaru Forester
Geely Boyue
Audi Q5
BMW X1
Honda City
Toyota Prius
Toyota C-HR
Renault Captur
Ford Kuga
Mercedes Clase E
Maruti Alto
Kia Sorento
BMW Serie 3
Wuling Mini Truck
Foton Light Truck
Ford Ranger
Geely Emgrand EC7
Opel Astra
Opel Corsa
Volkswagen Bora
Ford Ecosport
Nissan Versa
Citro‘n C3
Roewe RX5
ChangAn CS75
Subaru Outback
Dacia Sandero
Haval H2
Jeep Wrangler
Chevrolet Onix
Hyundai Creta
Mitsubishi Outlander
Ford Fusion
Renault Megane