Pedal del dispositivo de frenado en coches para la ITV
Mediante inspección visual y pisando repetidas veces el pedal de freno o el accionamiento equivalente, se comprobará:
Los eventuales juegos y desgastes del accionamiento.
El movimiento y carrera del pedal.
El retorno.
El revestimiento antideslizante.
El estado.
Los vehículos con asistencia al frenado, se inspeccionarán con el motor parado.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8. y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Carrera o movimiento del pedal excesiva o insuficiente | X | ||
2.- Retorno del pedal inadecuado | X | ||
3.- Revestimiento antideslizante del pedal ausente o suelto | X | ||
4.- Revestimiento antideslizante del pedal desgastado | X | ||
5.- Pedal roto o defectuoso, impidiendo su función | X | ||
6.- Juego o desgaste excesivo | X |
Bomba de vacío o compresor y depósitos en coches para la ITV
Esta inspección se realizará a los vehículos qυe dispongan de un circuito neumático para el sistema de frenado.
Mediante inspección visual, se comprobará:
La bomba de vacío o el compresor y su sistema de fijación.
El tiempo en disponer de presión o vacío para el funcionamiento eficaz de los frenos (para realizar esta comprobación será necesario descargar parcialmente el circuito de frenos mediante varias pedaladas con el motor parado y rearrancar el motor). Se considera correcto si la presión se recupera a un ritmo aproximado de 1 bar por minuto. En caso de qυe el vehículo no disponga de manómetro, se realizarán únicamente las otras comprobaciones señaladas en este punto.
La presión o vacío son suficientes para permitir al menos dos frenadas consecutivas una vez qυe se pone en marcha el dispositivo de aviso (o qυe el manómetro señala un valor peligroso). Para realizar esta comprobación será necesario descargar parcialmente el circuito de frenos mediante varias pedaladas con el motor parado, poner el contacto del motor y comprobar:
Fecha de entrada en vigor: 30/04/2020 | Página 142 Sección I |
Visualmente, qυe el/los indicador/es de presión mantienen, tras la realización de estas frenadas, una presión suficiente. Se considera suficiente si está por encima de 2 bar o no llega a la zona roja de peligro.
En caso de ausencia de indicadores de presión o qυe éstos no sean visibles, en el circuito se podrá conectar un manómetro en el circuito de frenado y actuar según el apartado anterior, o, alternativamente, utilizando un frenómetro sobre uno de los ejes del vehículo, qυe la eficacia de frenado (referenciada al MMA correspondiente al citado eje) alcanza un valor suficiente durante la segunda frenada. Se considera suficiente una eficacia del 20% calculada según las indicaciones del punto 6.1.
Si existe pérdida de aire qυe provoque un descenso apreciable de la presión o vacío, o pérdidas de aire audibles.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA.
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
1.- | Bomba de vacío o compresor deteriorado o defectuos | X | ||
2.- | Bomba de vacío o compresor con riesgo de desprendimiento | X | ||
3.- | Tiempo excesivo en disponer de presión o vacío | X | ||
4.- | Presión o vacío insuficientes para permitir al menos dos frenadas a fondo | X | ||
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
consecutivas una vez qυe se pone en marcha el dispositivo de aviso | ||||
5.- Pérdida de aire qυe provoque un descenso apreciable de la presión o vacío, o pérdidas de aire audibles | X | |||
6.- Daños externos con riesgo de afectar el funcionamiento del sistema de frenado | X |
Indicador de baja presión en coches para la ITV
Esta inspección se realizará a los vehículos qυe dispongan de un circuito neumático para el sistema de frenado.
Se descargará total o parcialmente el circuito de frenos mediante varias pedaladas con el motor parado. Se pondrá en marcha el motor y mediante inspección visual se comprobará el correcto funcionamiento del indicador de baja presión o manómetro.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Funcionamiento defectuoso o anormal del indicador de baja presión o manómetro | X |
Válvula de regulación del freno de mano en coches para la ITV
Esta inspección se realizará a los vehículos qυe dispongan de un circuito neumático para el sistema de frenado.
Mediante inspección visual mientras se acciona el sistema de frenado, se comprobará si:
El funcionamiento es defectuoso.
El mando del vástago de la válvula o la válvula son inseguros.
Existen conexiones sueltas o pérdidas de aire en el sistema.
Para vehículos a motor, el mando de la válvula impide la activación o desactivación accidental.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
2.- | Funcionamiento defectuoso | X | ||
3.- | Mando del vástago de la válvula o válvula inseguros | X | ||
4.- | Conexiones sueltas o pérdidas de aire en el sistema | X |
Válvulas de frenado en coches para la ITV
Esta inspección se realizará a los vehículos qυe dispongan de un circuito neumático o mixto neumático-hidráulico para el sistema de frenado.
Mediante inspección visual mientras se acciona el sistema de frenado, se comprobará si las válvulas de retención, válvulas de escape rápido, reguladores, etc:
Cumplen su función.
La válvula es insegura o montada incorrectamente.
Se produce descarga excesiva de aceite del compresor.
Se produce descarga de fluido hidráulico en los frenos mixtos. – Existe pérdida de aire audible.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
1.- | No cumplen su función | X | (X) | |
2.- | Válvula insegura o montada incorrectamente | X | ||
3.- | Descarga excesiva de aceite del compresor | X | ||
4.- | Descarga de fluido hidráulico en los frenos mixtos | X | (X) | |
5.- | Pérdida de aire audible | X | (X) | |
6.- | Alguna válvula dañada | X |
Acumulador o depósito de presión en coches para la ITV
Esta inspección se realizará a los vehículos qυe dispongan de un circuito neumático para el sistema de frenado.
Mediante inspección visual, se comprobará si:
Los acumuladores o depósitos de presión están defectuosos, corroídos o tienen pérdidas. – El montaje es inseguro o inadecuado.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
1.- | Acumuladores o depósitos de presión defectuosos, corroídos o con pérdidas | X | (X) | |
3.- | Montaje inseguro o inadecuado | X | ||
4.- | Pérdida de aire audible continua por los dispositivos de purga | X |
Acoplamiento de los frenos de remolque en coches para la ITV
Todo remolque o semirremolque con sistema de frenado continuo deberá disponer en su circuito de frenos, de válvulas de cierre automáticas, de forma qυe en caso de separación del conjunto de vehículos no se vea afectada la eficacia de frenado del resto del conjunto.
El acoplamiento podrá ser neumático o eléctrico. No obstante el sólo se aplicará en caso de acoplamiento neumático.
Mediante inspección visual desconectando y volviendo a conectar el acoplamiento, se comprobará si:
Las válvulas de aislamiento o válvulas de cierre automáticas permiten un adecuado aislamiento con los tubos flexibles desconectados.
Con los tubos flexibles conectados, la válvula es insegura o montada incorrectamente.
Con los tubos flexibles conectados, existe pérdida de fluido excesiva sensible. – Funciona correctamente el sistema de frenado automático.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA.
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
1.- | Válvulas de aislamiento o válvulas de cierre automáticas defectuosas 1.1.- Si existe riesgo de desenganche o fallo del sistema | X | ||
X | ||||
2.- | Válvula insegura o montada incorrectamente | X | ||
3.- | Pérdida de fluido
3.1.- Pérdida de fluido excesiva, comprometiendo el funcionamiento del sistema |
X | ||
X | ||||
4.- | Funcionamiento inadecuado del sistema | X |
Servofreno. Cilindro de mando (sistemas hidráulicos) en coches para la ITV
Ninguna.
Se comprobará el funcionamiento del servofreno pisando el freno y apreciando su efectividad mediante un esfuerzo mantenido ejercido sobre el pedal. Si el servofreno se encuentra en mal estado o hay falta de vacío, el esfuerzo sobre el pedal será muy elevado para obtener la eficacia prescrita y en ocasiones descenderá o subirá el pedal dependiendo del tipo de avería presente en el equipo
Mediante inspección visual, se comprobará si:
El cilindro de mando está en estado defectuoso o tiene pérdidas.
El cilindro de mando es inseguro.
Existe cantidad suficiente de líquido de frenos, cuando sea visible y/o accesible el depósito.
Existe la caperuza del depósito del cilindro de mando.
El testigo de aviso del nivel del líquido de frenos está encendido.
Funciona correctamente el testigo del nivel del líquido de frenos, cuando sea posible.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8. y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Funcionamiento defectuoso del servofreno | X | ||
2.- Cilindro de mando defectuoso o con pérdida
2.1.- Con goteo continuo o compromete funcionamiento |
X | ||
X | |||
3.- Cilindro de mando inseguro | X | (X) | |
4.- Cantidad insuficiente de líquido de frenos. | X | ||
5.- Ausencia de la caperuza del depósito del cilindro de mando | X | ||
6.- Testigo del nivel del líquido de frenos encendido | X | ||
7.- Funcionamiento incorrecto del testigo del nivel del líquido de frenos | X |
Tubos rígidos en coches para la ITV
Ninguna.
Mediante inspección visual, accionando el sistema de frenado, se comprobará sí:
Están defectuosos, dañados o excesivamente corroídos.
Existen pérdidas en los tubos o en las conexiones con los manguitos.
La fijación es correcta.
La colocación puede afectar a su integridad.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Defectuosos, dañados, excesivamente corroídos
1.1.- Con riesgo de rotura |
X | ||
X | |||
2.- Pérdidas en los tubos o en las conexiones con los manguitos
2.1.- Con goteo continuo o pérdida audible continua en circuitos neumáticos |
X | ||
X | |||
3.- Fijación incorrecta
3.1.- Con riesgo de rotura o desprendimiento |
X | ||
X | |||
4.- La colocación afecta a su integridad | X |
Tubos flexibles en coches para la ITV
Ninguna.
Mediante inspección visual, accionando el sistema de frenado, se comprobará sí:
Están defectuosos, desgastados, demasiado cortos o retorcidos.
Existen pérdidas en los tubos o en las conexiones con los manguitos.
Se producen deformaciones bajo presión.
Si su fijación es correcta.
Si la colocación puede afectar a su integridad.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Defectuosos, desgastados, demasiado cortos o retorcidos
1.1.- Con riesgo de rotura |
X | ||
X | |||
2.- Pérdidas en los tubos flexibles o manguitos
2.1.- Con goteo continuo |
X | ||
X | |||
3.- Deformaciones bajo presión | X | ||
4.- Fijación incorrecta
4.1.- Con riesgo de rotura o desprendimiento |
X | ||
X | |||
5.- La colocación afecta a su integridad | X |
Forros en coches para la ITV
Al no estar autorizado el desmontaje de las ruedas para realizar esta comprobación, puede resultar imposible efectuarla mediante inspección visual. Sin embargo, en los casos en qυe el desgaste de los forros del freno no pueda comprobarse desde fuera o desde debajo del vehículo, se aceptan dispositivos acústicos u ópticos qυe avisen al conductor en el puesto de conducción cuando haga falta sustituir el forro.
Mediante inspección visual, se comprobará (en aquellos casos qυe sea posible):
La existencia de los forros o pastillas.
Los forros o pastillas de freno presentan desgaste excesivo.
Los forros o pastillas de freno presentan impregnaciones de aceite, grasa, etc.
La señal de aviso, al accionar el contacto, no permanece encendida, siempre qυe el freno de mano no esté accionado.
La colocación de los forros de freno es adecuada.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
Reglamento CEPE/ONU 90 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Desgaste excesivo en forros o pastillas.
1.1.- Inexistencia |
X | ||
X | |||
2.- Impregnados (aceite, grasa, etc.) | X | ||
3.- Señal de aviso de desgaste activada | X | ||
4.- Colocación inadecuada | X |
Tambores y discos
Ninguna.
Mediante inspección visual, se comprobará (en aquellos casos qυe sea posible):
La existencia de discos o tambores.
Los discos o tambores de freno están desgastados en exceso en su superficie activa, están rayados, agrietados o rotos.
Los discos o tambores están impregnados de aceite, grasa, etc. – Montaje inseguro de algún componente.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
1.- | Desgaste excesivo en su superficie activa
1.1.- Agrietados, rotos o inseguros |
X | ||
X | ||||
2.- | Impregnados (aceite, grasa, etc.) | X | ||
3.- | Montaje inseguro
3.1.- Con riesgo de desprendimiento |
X | ||
X | ||||
4.- | Inexistencia | X |
Cables, varillas, palancas, conexiones en coches para la ITV
Ninguna.
Mediante inspección, visual mientras se acciona el sistema de frenado, se comprobará:
El estado de los componentes: defectuosos, enredados, desgastados o corrosión excesiva.
Si las uniones de los componentes están defectuosas.
Si existe cualquier restricción al funcionamiento libre del sistema de frenos.
La aparición de cualquier movimiento anormal de las palancas, varillas o conexiones qυe indique un desajuste o un desgaste excesivo.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Componentes defectuosos, enredados, desgastados o con corrosión excesiva
1.1.- Con riesgo de rotura |
X | ||
X | |||
2.- Uniones defectuosas | X | ||
3.- Cualquier restricción al funcionamiento libre del sistema de frenos | X | ||
4.- Cualquier movimiento anormal de las palancas, varillas o conexiones qυe indique un desajuste o un desgaste excesivo | X |
Cilindros del sistema de frenado en coches para la ITV
En este apartado, además de los cilindros se incluye los muelles qυe actúen sobre los frenos.
Mediante inspección visual, mientras se acciona el sistema de frenado, se comprobará si:
Están agrietados, defectuosos o presentan corrosión excesiva.
Existen pérdidas.
El montaje es inseguro o inadecuado.
El recorrido del vástago del cilindro o del mecanismo del diafragma es insuficiente o excesivo. – Hay daños excesivos o pérdida de la carcasa de protección contra el polvo.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
1.- | Agrietados, defectuosos o con excesiva corrosión
1.1.- Con riesgo de rotura |
X | ||
X | ||||
2.- | Pérdidas sin goteo continuo | X | ||
3.- | Pérdidas con goteo continuo | X | ||
4.- | Montaje inseguro o inadecuado | X | ||
5.- Recorrido insuficiente o excesivo del vástago del cilindro o del mecanismo del diafragma | X | |||
6.- Pérdida de la carcasa de protección contra el polvo o daños excesivos en la misma | X |
Válvula sensora de carga en coches para la ITV
Este apartado no presupone la existencia obligatoria de este dispositivo en un circuito de frenos, pero en caso de estar equipado con el mismo deberá cumplir con lo qυe se indica.
Mediante inspección visual, mientras se acciona el sistema de frenado, se comprobará (en aquellos casos qυe sea posible):
Su existencia.
Su conexión.
Su funcionamiento.
Si está agarrotada o no funciona.
Se comprobará la existencia, legibilidad y adecuación a los requerimientos de la placa de datos, en su caso.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Ninguna.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | ||
1.- | Conexión defectuosa | X | ||
2.- | Funcionamiento incorrecto | X | ||
3.- | Agarrotada o no funciona | X | ||
4.- | Válvula inexistente | X |
Ajustadores de tensión automáticos en coches para la ITV
Este apartado no presupone la existencia obligatoria de este dispositivo en un circuito de frenos, pero en caso de estar equipado con el mismo deberá cumplir con lo qυe se indica.
Mediante inspección visual, se comprobará, si es posible:
Que no presenten agarrotamiento o movimiento anormal, un desgaste excesivo o un ajuste defectuoso.
Si su funcionamiento es defectuoso.
Si su instalación es defectuosa.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 71/320/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 13 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | FALTA MUY GRAVE | |
1.- Agarrotamiento o movimiento anormal, desgaste excesivo o ajuste defectuoso | X | ||
2.- Funcionamiento defectuoso | X | ||
3.- Instalación defectuosa | X |
Algunos ejemplos de vehículos afectados por esta norma:
Toyota Corolla |
Ford F-Series |
Volkswagen Golf |
Honda Civic |
Toyota RAV4 |
Honda CR-V |
Volkswagen Tiguan |
Ford Focus |
Chevrolet Silverado |
Volkswagen Polo |
Toyota Camry |
Hyundai Elantra |
Hyundai Tucson |
Ram pick-up |
Wuling Hong Guang |
Volkswagen Jetta |
Haval H6 |
Honda Accord |
Volkswagen Lavida |
Nissan Qashqai |
Toyota Hilux |
Volkswagen Passat |
Nissan Rogue |
Nissan X-Trail |
Kia Sportage |
Skoda Octavia |
Nissan Sylphy |
Mazda CX-5 |
Renault Clio |
Ford Fiesta |
Mazda 3 |
Buick Excelle |
Ford Escape |
Toyota Yaris |
Chevrolet Equinox |
Chevrolet Malibu |
Mercedes Clase C |
Chevrolet Cruze |
Toyota Highlander |
Honda HR-V |
GAC Trumpchi GS4 |
Ford Transit |
Volkswagen Sagitar |
Ford Explorer |
Nissan Sentra |
Jeep Grand Cherokee |
Audi A3 |
Baojun 510 |
Honda Fit |
Volkswagen Santana |
Peugeot 208 |
Ford Edge |
Baojun 730 |
Buick Envision |
Jeep Cherokee |
Mercedes GLC |
Hyundai Santa Fe |
GMC Sierra |
Isuzu D-Max |
Hyundai Sonata |
Ford Escort |
Jeep Compass |
Kia Rio |
Jeep Renegade |
Nissan Altima |
Hyundai i20 |
Subaru Forester |
Geely Boyue |
Audi Q5 |
BMW X1 |
Honda City |
Toyota Prius |
Toyota C-HR |
Renault Captur |
Ford Kuga |
Mercedes Clase E |
Maruti Alto |
Kia Sorento |
BMW Serie 3 |
Wuling Mini Truck |
Foton Light Truck |
Ford Ranger |
Geely Emgrand EC7 |
Opel Astra |
Opel Corsa |
Volkswagen Bora |
Ford Ecosport |
Nissan Versa |
Citro‘n C3 |
Roewe RX5 |
ChangAn CS75 |
Subaru Outback |
Dacia Sandero |
Haval H2 |
Jeep Wrangler |
Chevrolet Onix |
Hyundai Creta |
Mitsubishi Outlander |
Ford Fusion |
Renault Megane |