Alumbrado y señalización en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros

Alumbrado y señalización en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros

Alumbrado y señalización en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros como autobues y camiones para la impección tecnica de vehículos según el reglamento general. 

Tablas resumen

 

VEHÍCULOS DE LAS CATEGORÍAS M Y N: DISPOSITIVOS OBLIGATORIOS
DISPOSITIVO NÚMERO COLOR SITUACIÓN VEHÍCULOS PARA LOS

QUE ES OBLIGATORIO

(para fechas de obligatoriedad ver apartado correspondiente)

Luces de cruce y carretera2 ó 4 de carretera 2 de cruceBlanco*Delante. En los bordes exteriores.Todos
Luz de marcha atrás1  ó 2

2  (En vehículos de + 6m)

Blanco*DetrásTodos

 

Luces indicadoras de direcciónUn número par mayor que 2Amarillo autoBordes exteriores y lateralTodos
Señal de emergenciaIgual que indicadores de direcciónAmarillo autoIgual que indicadores de direcciónTodos
Luz de frenado2RojoDetrás. En los bordes exterioresTodos
Tercera luz de freno1RojoDetrás sobreelevadaM1 > 1/10/2000

N1 completos   > 10/07/2011

N1 completados > 10/01/2013

Luz de la placa de matrícula trasera1BlancoLa necesaria para iluminar la placaTodos
Luces de posición delantera y trasera2 delantera 2 traseraBlanco delantera

 

Rojo trasera

Delante. En los bordes exteriores.

Detrás. En los bordes exteriores.

Todos
Luz antiniebla trasera1 ó 2Rojo1 a la izquierda o en el centro 2 en los bordes exterioresTodos
Luz de gálibo2 delanteras

2 traseras además:

Opcionalmente

2 delanteras y

2 trasera

Blanco delanteras Rojo traserasLo más alto que permita el vehículoVehículos de anchura superior a

2.10 m

Opcional para vehículos de anchura entre 1.80 y 2.10 m

Trasera opcional en cabinas con bastidor

Prohibida en el resto

Catadióptricos traseros no triangulares2RojoDetrás. En los bordes exterioresTodos
Catadióptricos laterales no triangularesMínimo 2. Máximo en función de la longitud del vehículo.Amarillo autoEn el lateral, uniformemente distribuidasVehículos de más de 6 m de longitud

Opcional en el resto

Luz de posición lateralMínimo 2. Máximo en función de la longitud del vehículo.Amarillo autoEn el lateral, uniformemente distribuidasVehículos de más de 6 m de longitud, excepto cabinas con bastidor

Opcional en el resto

Alumbrado interiorVehículos para servicio público de viajeros y los de alquiler con conductor.

Opcional en el resto

Avisador acústicoTodos

 

VEHÍCULOS DE LAS CATEGORÍAS M Y N: DISPOSITIVOS OPCIONALES
DISPOSITIVO NÚMERO COLOR SITUACIÓN VEHÍCULOS PARA

LOS QUE ES

OPCIONAL

Luz antiniebla delantera2Blanco o amarillo selectivoDelanteTodos
VEHÍCULOS DE LAS CATEGORÍAS M Y N: DISPOSITIVOS OPCIONALES
DISPOSITIVO NÚMERO COLOR SITUACIÓN VEHÍCULOS PARA

LOS QUE ES

OPCIONAL

Luz de estacionamiento2 ó 4Blanco delantera

Rojo trasera

Amarillo auto lateral

En los bordes exteriores.

 

Vehículos de longitud menor de 6 m y anchura menor de 2 m.

Prohibida en el resto

Dispositivos luminosos o reflectantes de señalización de apertura de puertasTodos
Catadióptricos delanteros no triangulares2BlancoDelanteTodos
Tercera luz de freno1RojoDetrás sobreelevadaN2, N3, M2 y M3
Luz circulación diurna2BlancoDelanteTodos

 

  • Salvo algunos vehículos antiguos homologados y/o matriculados con luces amarillas

 

VEHÍCULOS DE LA CATEGORÍA O: DISPOSITIVOS OBLIGATORIOS
DISPOSITIVO NÚMERO COLOR SITUACIÓN VEHÍCULOS PARA

LOS QUE ES

OBLIGATORIO

Luces indicadoras de direcciónUn número parAmarillo autoDetrásTodos
Señal de emergenciaIgual que indicadores de direcciónAmarillo autoIgual que indicadores de direcciónTodos
Luz de frenado2RojoDetrásTodos
Luz de la placa de matrícula trasera1BlancoLa necesaria para iluminar la placaTodos
Luces de posición delantera y trasera2 delantera

 

2 trasera

Blanco delantera

 

Rojo trasera

Delante. En los bordes exteriores.

Detrás. En los bordes exteriores.

Delantera obligatoria para vehículos de anchura igual o superior a 1.60 m.

Delantera opcional para el resto.

Trasera todos

Luz antiniebla trasera1 ó 2Rojo1 a la izquierda o en el centro 2 en los bordes exterioresTodos
Luz de gálibo2 delanteras

2 traseras además:

Opcionalmente

2 delanteras y

2 trasera

Blanco delanteras Rojo traserasLo más alto que permita el vehículoVehículos de anchura superior a

2.10 m

Opcional para vehículos de anchura entre 1.80 y 2.10 m

Trasera opcional en cabinas con bastidor

Prohibida en el resto

Catadióptricos traseros triangulares2RojoDetrás. En los bordes exterioresTodos
Catadióptricos delanteros no triangulares2BlancoDelante, en el exterior.Todos
Catadióptricos laterales no triangularesEn función de la longitud del vehículo.Amarillo autoLateralTodos
Luz de posición lateralEn función de la longitud del vehículo.Amarillo autoLateralesVehículos de más de 6 m de longitud
Luz de marcha atrás1  ó 2

2  (En vehículos de + 6m)

BlancoDetrásO2, O3 y O4 matriculados con posterioridad al 10/07/11

 

 

VEHÍCULOS DE LAS CATEGORÍAS O: DISPOSITIVOS OPCIONALES
DISPOSITIVO NÚMERO COLOR SITUACIÓN VEHÍCULOS PARA

LOS QUE ES

OPCIONAL

Luz de marcha atrás1 ó 2BlancoDetrásO2, O3 y O4 matriculados con anterioridad al 10/07/11 Categoría O1
Luz de posición delantera2BlancoDelante en los bordes exterioresDelantera opcional para los vehículos de la categoría O de anchura inferior a 1,60 m
Catadióptricos traseros no triangulares2RojoDetrás. En los bordes exterioresVehículos de anchura mayor de

2.10 m, si están agrupados a otros dispositivos traseros de señalización

 

  • NOTA GENERAL:

No se instalarán en los vehículos más luces que las autorizadas en el Reglamento General de Vehículos, prohibiéndose expresamente el uso de pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizadas, salvo los supuestos y condiciones previstos en la reglamentación.

 

 

 

 

 

MARCAJES DE HOMOLOGACIÓN NORMALIZADOS

 

PROYECTORES (*)
C ó C/ Luz de cruce, lámpara código europeo
R ó R/ Luz de carretera, lámpara código europeo
C/R Luz de cruce o carretera, lámpara código europeo
HC ó HC/ Luz de cruce, lámpara halógena
HR ó HR/ Luz de carretera, lámpara halógena
HCR Luz de cruce + carretera, lámpara halógena
HC/R Luz de cruce o carretera, lámpara halógena
DC ó DC/ Luz de cruce, lámpara de descarga
DR ó DR/ Luz de carretera, lámpara de descarga
DC/R Luz de cruce o carretera, lámpara de descarga
DCR Luz de cruce + carretera, lámpara de descarga
F o B Luz antiniebla
RL/A Luz de circulación diurna/Luz de posición delantera
K Luces angulares

(*) Las letras PL incluidas a continuación del marcaje de homologación, indican que el proyector lleva una lente de material plástico

(/) Símbolo adicional que indica que no puede encenderse con cualquiera otra luz con la que esté mutuamente incorporada.

 

 

PILOTOS DE SEÑALIZACIÓN
A Luz de posición o gálibo delantera
1 Luz delantera indicadora de cambio de dirección (a más de 40 mm. de la zona de iluminación del proyector)
1a Luz delantera indicadora de cambio de dirección (entre 20 y 40 mm. de la zona de iluminación del proyector)
1b Luz delantera indicadora de cambio de dirección (a menos de 20 mm. de la zona de iluminación del proyector)
3 Luz lateral indicadora de cambio de dirección en la parte delantera
SM1 Luz de posición lateral (vehículos largos  6 m.)
SM2 Luz de posición lateral (resto vehículos)
AR Luz de marcha atrás
F o B Luz de niebla (B anteriores a 1989)
I Catadióptrico
IA (Ia) Catadióptrico lateral no triangular
IIIA (IIIa) Catadióptrico triangular
IV A Catadióptrico
R Luz de posición o gálibo posterior
S1 Luz de stop con 1 nivel de intensidad luminosa
S2 Luz de stop con 2 niveles de intensidad luminosa
S3/S4 Tercera luz de freno
2a Luz indicadora de dirección posterior a 1 nivel de iluminación
2b Luz indicadora de dirección posterior a 2 niveles de iluminación
PILOTOS DE SEÑALIZACIÓN
4 Luz indicadora de dirección lateral
5 Luz indicadora de dirección lateral
6 (R ó L) Luz indicadora de dirección lateral
L Luz placa de matrícula

 

 

4.1      Luces de cruce y carretera

a.-         ESPECIFICACIONES GENERALES

 

Todo vehículo de las categorías M y N debe estar provisto de:

 

  • Dos o cuatro luces de carretera que emitan luz blanca. En el caso de vehículos de la categoría N3 pueden ser 2, 4 ó 6.
  • Dos luces de cruce que emitan luz blanca,

 

Color de las luces: El color blanco en las luces de cruce y carretera es obligatorio en vehículos matriculados a partir del 26/7/99. La legislación anterior (art. 146 del Código de la Circulación) permitía que el color de estas luces fuera amarillo selectivo.

 

 

b.-        MÉTODO

 

Mediante inspección visual se comprobará:

 

  • El número de luces.
  • Su funcionamiento.
  • Su situación.
  • La homologación.
  • El estado de los dispositivos.
  • El color de la luz emitida.
  • El apagado de todas las luces de carretera con un sólo mando.
  • La orientación del haz luminoso de la luz de cruce.
  • Se verificará la suma de los índices de intensidad que figuran en cada proyector (valor de referencia 100). La marca de referencia «10» se asignará a cada uno de los faros marcados con «R» o «RC».
  • Que al operar sobre el mando de funcionamiento de estas luces, no se encienda ningún otro dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos.
  • El dispositivo de nivelación cuando sea de accionamiento manual y lo incorpore de origen – El dispositivo lavafaros cuando sea obligatorio.
  • Que la fuente luminosa es compatible con el proyector. – El funcionamiento del testigo de luces de carretera.

 

c.-         REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

 

General:           Reglamento General de Vehículos Art. 15 y 16 y Anexo X.

 

Particular:         Directiva 76/756/CEE Reglamento CEPE/ONU 48 R.

 

 

 

d.-         INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

 

 

Calificación
DL FALTA GRAVE FALTA MUY GRAVE
1.- Número de luces no reglamentario                                 X
2.- No funciona alguna luz de carretera                               

2.1 No funciona ninguna luz de carretera

X  
 X
3.- No funciona alguna luz de cruce                                              X
4.- Situación de alguna luz no reglamentaria   X
5.- Dispositivo no homologado                                                         X
6.- Estado de dispositivo defectuoso                                              

6.1 Si afecta a su función o existe riesgo de desprendimiento     

X  
 X
7.- Color no reglamentario de la luz emitida                                    X
9.- Orientación del haz luminoso de las luces de cruce alta                        X
10.-Otros defectos de orientación del haz luminoso de cruce (bajas o desviación lateral, etc). X  
11.-Intensidad de todas las luces de carretera que pueden encenderse simultáneamente excede de valor de referencia 100  X
12. Al operar el mando de funcionamiento, se enciende algún otro dispositivo        luminoso       diferente        a          los     reglamentariamente establecidos  X
13.-Dispositivo manual de nivelación de luces de cruce inoperante o no accesible desde el asiento del conductor X  
14.-Dispositivo lavafaros inexistente o no operativo (cuando es obligatorio)  X
15.-Fuente luminosa incompatible con el proyector                         X
16.-El testigo de funcionamiento de las luces de carretera no es operativo X  
17.- No se apagan todas las luces de carretera con un solo mando     X