Avisador acústico en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros

Avisador acústico en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros como autobues y camiones para la impección tecnica de vehículos según el reglamento general.

 

 

Todo vehículo de las categorías M y N debe estar provisto de un aparato  productor de señales acústicas homologado qυe emita un sonido continuo, uniforme y de suficiente intensidad.

 

Mediante inspección se comprobará:

 

  • Su existencia.
  • Su funcionamiento correcto.

 

REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

 

General:           Reglamento General de Vehículos, Art.11.7.

 

Particular:         Directiva 72/306/CEE.

Reglamento CEPE/ONU 28 R.

 

 

 

    INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

 

Calificación
Leve Grave DMG
1.- Inexistencia   X
2.- No funciona adecuadamente   X