Carrocería y chasis en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros

Carrocería y chasis en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros como autobues y camiones para la impección tecnica de vehículos según el reglamento general.

 

Los vehículos deben estar construidos y equipados de forma qυe no tengan en su exterior, adornos u otros objetos con aristas salientes qυe presenten peligro para sus ocupantes o para los demás usuarios de la vía pública. En concreto, los órganos mecánicos y su equipo complementario deben estar construidos y protegidos de manera qυe durante su funcionamiento y utilización no constituyan peligro para las personas, aún cuando el vehículo esté detenido.

 

Adicionalmente, todos los componentes de la carrocería y el chasis del vehículo deben encontrarse en buen estado en cuanto a su integridad y sujeción.

 

Por tanto, la carrocería debe estar libre de defectos qυe puedan afectar a la integridad del vehículo o a la seguridad de las personas.

 

 

         Mediante inspección visual se comprobará:

 

  • El estado estructural del chasis y de la carrocería prestando especial atención a los efectos de oxidación o corrosión y a eventuales problemas de sujeción. La corrosión se podrá verificar mediante presión en el lugar afectado para evaluar su importancia. Esta comprobación incluirá la verificación de la ausencia de reparaciones inadecuadas.
  • En su caso, el acoplamiento de la carrocería al chasis.
  • En su caso, el estado general de los largueros, travesaños, suelo y piso. Los largueros y travesaños no pueden presentar taladros en las alas (salvo los previstos en origen por el fabricante del autobastidor), ni deformaciones mecánicas ni áreas de corrosión. Respecto al suelo y al piso, se prestará especial atención a su sujeción.
  • En las plataformas portacontenedores, el buen estado de los anclajes.
  • La inexistencia de aristas vivas o cortantes qυe puedan causar lesiones a los usuarios de la vía pública.
  • La existencia del tapón del depósito de carburante. Si puede abrirse accidentalmente.
  • En su caso, la adecuada fijación de los paragolpes y su buen estado prestando especial atención a la detección de aristas vivas o cortantes.
  • En su caso, la existencia de paragolpes delantero y trasero.
  • Eventuales entradas de humos del motor o del escape en el espacio destinado a los ocupantes
  • La instalación eléctrica: estado del cableado con especial atención a encintado, fijaciones, aislamiento y proximidad a puntos calientes o en movimiento.
  • Eventuales pérdidas de fluidos en equipos auxiliares de accionamiento hidráulico.

 

 

REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA.

 

General:              Reglamento General de Vehículos, Arts. 11.9 y 12.1.

 

Particular:           Directiva 77/389/CEE.

Directiva 74/483/CEE o Reglamento CEPE/ONU 26 R.

Directiva 92/114/CEE (sólo para vehículos de la categoría N).

 

INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

 

Falta
Leve Grave Muy Grave
 1.- Defectos de estado (óxidos, perforaciones, desperfectos, o inexistencia de rejilla de radiador, etc) 

Cuando estos defectos son de especial gravedad y afectan a:

1.1  Los amarres de la cabina o carrocería al chasis

1.2  Las articulaciones de las cabinas basculantes

1.3 Los largueros y travesaños

1.4 Pisos y bajos

X    
  X (X)
  X (X)
  X (X)
  X (X)
2.- Anclajes de portacontenedores inexistentes o deteriorados, impidiendo su función   X  
3.- Existencia de aristas vivas o cortantes   X  
4.- Inexistencia del tapón del depósito de combustible o posibilidad de apertura accidental   X  
6.- Elementos de la carrocería o chasis, sueltos o con fijación defectuosa (paragolpes, cubrecarter, pasos de rueda, etc) 

6.1 Si existe riesgo de desprendimiento 

X    
  X  
7.- En su caso, inexistencia de algún paragolpes   X  
8.- Entrada de humos en el espacio destinado a ocupantes   X  
9.- Defectos en la instalación eléctrica

9.1 Si existe riesgo de cortocircuito

X    
  X  
10.- Pérdidas de fluido en equipos auxiliares de accionamiento hidráulico

10.1 Con goteo continuo

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