¿Como deben de estar las placas de matrículas para los vehículos de pasajeros?
Las placas de matrícula deben pertenecer a tipos previamente homologados.
Las placas de matrícula instaladas en lo vehículos de las categorías M, N y O, deberán corresponder con las características indicadas en las tablas siguientes:
CATEGORÍA DE VEHÍCULO | ||||||
DIMENSIÓN
DE PLACA (mm)
|
M1 | M2, M3, N1, N2, N3 | O2, O3, O4 (1) | |||
DELANTERA | TRASERA | DELANTERA | TRASERA | DELANTERA | TRASERA | |
520X110 | SI | SI | SI | SI | NO | SI |
340X220 | SI | SI | SI | SI | NO | SI |
340X110 | SI (2) | SI (2) | NO | NO | NO | NO |
220X160 | SI (3) | SI (3) | NO | NO | NO | NO |
- Los remolques y semirremolques con M.M.A. ≤ 750kg llevarán una sola placa en su parte posterior, de igual contenido qυe la del vehículo tractor.
- Para vehículos que, por construcción, el emplazamiento para la placa de matrícula no permite la colocación de la placa 520 x 110mm. (3) Para vehículos que, por construcción, el emplazamiento para la placa de matrícula no permite la colocación de la placa 340 x 110mm.
TIPO DE MATRICULACIÓN |
COLOR DE PLACA | |
FONDO | CARACTERES | |
Ordinaria (categoría M, N) | BLANCO | NEGRO |
Ordinaria (categoría O2, O3, O4) | ROJO | NEGRO |
Cuerpo diplomático | ROJO | BLANCO |
Organizaciones internacionales | AZÚL | BLANCO |
Oficina consular | VERDE | BLANCO |
Personal técnico administrativo | AMARILLO | NEGRO |
Turística | BLANCO | NEGRO |
Histórico | BLANCO | NEGRO |
Temporales de particulares | VERDE | BLANCO |
Temporales de empresas | ROJO | BLANCO |
Alquiler con conductor y taxi | AZUL | BLANCO |
b.- MÉTODO
Mediante inspección visual se comprobará:
- Su existencia y número según lo reglamentado.
- Su estado: legibilidad.
- La coincidencia con el número de matrícula qυe figura en la documentación.
- Su emplazamiento y visibilidad. En lo relativo a:
- Altura borde inferior – Las inscripciones reglamentarias. – La fijación.
- En el caso de O2 se admitirá la colocación de las dos placas de matrícula en un solo espacio homologado, cumpliendo las prescripciones técnicas exigibles por la homologación para la colocación de las placas de matrícula trasera, del vehículo tractor y del remolque.
Si existen indicios visuales o si durante una inspección por reforma figura en la documentación del vehículo qυe el emplazamiento o configuración pueda estar modificada, se realizará la comprobación con ayuda de una cinta métrica o similar de forma directa y conforme a las referencias siguientes, manteniendo en los registros del centro únicamente aquellas medidas verificadas.
|
c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General:
|
Reglamento General de Vehículos, Arts. 25, 49 y Anexo XVIII. |
Particular: | Orden Ministerial 20/09/85. |
Orden Ministerial 15/09/2000 | |
Orden Ministerial PRE/52/2010 | |
Orden IET/1624/2012 Directiva 70/222/CEE.
Reglamento (UE) 1003/2010 |
d.- INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
DL | DG | DMG | |
1.- Inexistencia o número de placas no reglamentario | X | ||
2.- Defectos de estado
2.1 Si impiden la legibilidad |
X | ||
X | |||
3.- Ocultación total o parcial de la placa de matrícula | X | ||
4.- Placas no reglamentarias | X | ||
5.- Emplazamiento no reglamentario | X | ||
6.- Placas con adornos, signos o caracteres no reglamentarios | X | ||
7.- Fijación defectuosa
7.1 Si existe riesgo de desprendimiento |
X | ||
X | |||
8.- No coincidencia con el número qυe figura en la documentación | X |