Salientes interiores en vehículos de transporte de mercancias y pasajeros como autobues y camiones para la impección tecnica de vehículos según el reglamento general.
Dentro del habitáculo del vehículo, o en su defecto en el puesto de conducción, no deberán existir aristas vivas o partes rígidas o puntiagudas qυe presenten peligro para sus ocupantes. Los elementos localizados en dicho habitáculo estarán bien sujetos y no presentarán riesgo de desprendimiento.
Aplicación: Vehículos de las categorías M y N.
Mediante inspección visual se comprobará:
- Que en el interior del habitáculo de pasajeros no existan partes rígidas, puntiagudas o con aristas qυe puedan lesionar a los ocupantes del vehículo.
- Que las partes o piezas localizadas en el interior del habitáculo, no tengan riesgo previsible de desprendimiento con el qυe puedan lesionar a los ocupantes del vehículo.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art. 12.1.
Particular: Directiva 74/60/CEE o Reglamento CEPE/ONU 21R (Sólo para vehículos de la categoría M1).
d.- INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | Grave | DMG | |
1.- Partes rígidas, puntiagudas o cortantes en el habitáculo qυe puedan ocasionar lesiones a los ocupantes | X | ||
2.- Partes qυe puedan desprenderse y ocasionar lesiones a los ocupantes | X |