Catadióptricos en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV

Catadióptricos en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).

 

 

Obligatoriedad y número de luces:

 

  Catadióptricos traseros no triangulares Número Catadióptricos laterales no triangulares Número Catadióptricos

delanteros no triangulares

Número
Tractor Obligatorio 2 ó 4 Opcional En función de la longitud    
Portador Obligatorio 2 ó 4 Opcional En función de la longitud    
Tractocarro Obligatorio 2 ó 4 Opcional En función de la longitud    
Máquina automotriz Obligatorio 2 ó 4 Opcional Los necesarios

(a)

   

 

  Catadióptricos traseros triangulares Número Catadióptricos laterales no triangulares Número Catadióptricos

delanteros no triangulares

Número
Remolque  Obligatorio 2 Obligatorio/ Opcional (b) Los necesarios Obligatorio 2
Máquina remolcada  Obligatorio 2 Obligatorio/ Opcional (b) Los necesarios Obligatorio 2

 

Si su ancho es mayor de 2,10 metros. Está prohibido en el resto.

Obligatorio sólo si es apta para circular de noche. En caso contrario opcional.

 

 

Se aceptarán más catadióptricos de los necesarios, siempre qυe no afecten a los demás sistemas de alumbrado y señalización.

 

Color: Catadióptricos traseros no triangulares, color rojo.

Catadióptricos traseros triangulares, color rojo.

Catadióptricos laterales no triangulares, color amarillo auto. Catadióptricos delanteros no triangulares, color blanco.

 

Situación: La situación de cada dispositivo se ajustará a lo dispuesto en la reglamentación vigente.

 

 

 

Mediante inspección visual se comprobará:

 

Número de catadióptricos. – Situación.

Homologación. de los dispositivos (en vehículos matriculados con posterioridad al 29/06/1993). –     Estado de los dispositivos.

Color.

 

 

REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

 

General:

 

Reglamento General de Vehículos, Art.15, 16, 17 y Anexo X.
Particular: Directiva 78/933/CEE.
  Directiva 79/532/CEE

Reglamento CEPE/ONU 86 R.

 

 

INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

  Calificación
FALTA LEVE FALTA GRAVE DMG
1.-  Número de catadióptricos no adecuado 

1.1.- Si son traseros y en número menor al reglamentario            

X    
  X  
2.-  Situación no reglamentaria de algún catadióptrico             X  
3.-  Dispositivo no homologado en su caso    X  
4.-  Estado de dispositivo defectuoso   

4.1.- Si afecta a su función o existe riesgo de desprendimiento   

X    
  X  
5.-  Color y/o forma no reglamentario      X