Freno de servicio en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Los vehículos agrícolas deben estar dotados de freno de servicio. Se exceptúan de dicho cumplimiento: los remolques y semirremolques agrícolas, cuya masa máxima autorizada no exceda de 1.500 kg; los remolques portacortes de las máquinas automotrices y las máquinas agrícolas remolcadas cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.000 kg.
En los remolques y semirremolques agrícolas cuya masa máxima autorizada no exceda de 6.000 kg, el freno de servicio puede ser del tipo de inercia (ver apartado 6.4.- Freno de inercia).
Mediante inspección visual se comprobará:
La existencia y funcionamiento, en su caso, de los mecanismos de frenado reglamentarios. En el caso de los tractores agrícolas matriculados con posterioridad al 01/05/89, mediante inspección mecanizada se comprobará, en frenómetro o mediante decelerómetro: – La eficacia del sistema de frenos.
En caso de no disponer de estos equipos, podrá verificarse la eficacia del sistema de frenos haciendo una frenada con el tractor en vacío.
La prueba de frenado de un vehículo tractor se podrá realizar sin la desconexión mecánica del vehículo remolcado. No obstante, sólo se podrá rechazar, al vehículo tractor, por falta de eficacia de frenado, tras haber comprobado, qυe tampoco alcanza la eficacia requerida una vez desacoplado del vehículo remolcado.
Se determinará la «distancia de frenado»: longitud recorrida entre el punto en qυe se efectúa el primer movimiento del mando del dispositivo de frenado y el punto en qυe el vehículo queda inmóvil. La distancia de frenado resulta de la fórmula:
V2 a =
2e
e: distancia de frenado. V: velocidad inicial en m/s. a: deceleración media en m/s2
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 76/432/CEE.
O.M. 11/06/84.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1. Freno inoperante | X | ||
17.- Tractores cuya velocidad máxima es menor o igual a 30 km/h,
Eficacia<16% o deceleración <1,5 m/s2 |
X | ||
18.- Tractores cuya velocidad máxima es mayor de 30 km/h, Eficacia<21% o deceleración <2,13 m/s2 | X | ||
19.- Inexistencia del mecanismo de frenado reglamentario | X |
Freno de estacionamiento en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
El freno de estacionamiento debe permitir mantener el vehículo inmóvil en una pendiente ascendente o descendente, incluso en ausencia del conductor, quedando mantenidos entonces los elementos activos en posición de aprieto por medio de un dispositivo de accionamiento puramente mecánico.
Los tractores agrícolas, los tractocarros, los portadores y las máquinas agrícolas automotrices deberán estar dotados de freno de estacionamiento. Las máquinas agrícolas remolcadas y los remolques agrícolas de M.M.A. superior a 750 kg deberán estar dotados de este elemento o en su defecto de calzos.
Mediante inspección visual se comprobará:
La existencia y funcionamiento del dispositivo de frenado reglamentario, o en su caso existencia de calzos.
El estado del trinquete del freno de estacionamiento.
Si existe desgaste excesivo del eje de la palanca o del mecanismo del trinquete. – El recorrido de la palanca es excesivo.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8. y Anexo VIII. Particular: Directiva 76/432/CEE.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
3.-Sujeción insuficiente del trinquete de freno de estacionamiento | X | ||
4.- Desgaste excesivo del eje de la palanca o del mecanismo del trinquete | X | ||
5.-Recorrido excesivo de la palanca | X | (X) | |
6.-Dispositivo de frenado reglamentario inexistente o no operativo, o, en su caso, inexistencia de calzos | X |
Freno de inercia en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
En los remolques y semirremolques agrícolas cuya M.M.A. no exceda de 6.000 kg, el freno de servicio puede ser del tipo de inercia.
En caso de no disponer de otro sistema de frenado de servicio, mediante inspección visual se comprobará:
Su existencia.
Su estado.
La integridad de la transmisión.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 76/432/CEE.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1.- Inexistencia, careciendo de otro sistema de frenado de servicio | X | ||
2.- Defectos de estado
2.1.- Si impiden su funcionamiento |
X | ||
X |
Pedal del dispositivo de frenado en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Mediante inspección visual y pisando repetidas veces el pedal de freno, se comprobará:
El movimiento y carrera del pedal.
El retorno.
El revestimiento antideslizante.
El estado.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8. y Anexo VIII.
Particular: Directiva 76/432/CEE.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1.- Carrera o movimiento del pedal excesiva o insuficiente | X | ||
2.- Retorno del pedal inadecuado | X | ||
3.- Revestimiento antideslizante del pedal ausente o suelto | X | ||
5.- Pedal roto o defectuoso, impidiendo su función | X |
Acoplamiento de los frenos de remolque en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Todo remolque o semirremolque con sistema de frenado continuo deberá disponer en su circuito de frenos, de válvulas de cierre automáticas, de forma qυe en caso de separación del conjunto de vehículos no se vea afectada la eficacia de frenado del resto del conjunto.
Mediante inspección visual, se comprobará si:
Las válvulas de aislamiento o válvulas de cierre automáticas permiten un adecuado aislamiento con los tubos flexibles desconectados.
Con los tubos flexibles conectados, su montaje es inseguro o inadecuado.
Con los tubos flexibles conectados, existe pérdida de fluido excesiva sensible.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA.
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular:
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | ||
1.- | Válvulas de aislamiento o válvulas de cierre automáticas defectuosas 1.1.- Si existe riesgo de desenganche o fallo del sistema | X | ||
X | ||||
2.- | Montaje inseguro o inadecuado | X | ||
3.- | Pérdida de fluido | X | ||
Pérdida de fluido excesiva sensible, comprometiendo el funcionamiento del sistema | X |
Servofreno. Cilindro de mando (sistemas hidráulicos) en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Se comprobará el funcionamiento del servofreno pisando el freno y apreciando su efectividad mediante un esfuerzo mantenido ejercido sobre el pedal. Si el servofreno se encuentra en mal estado o hay falta de vacío, el esfuerzo sobre el pedal será muy elevado y en ocasiones descenderá o subirá el pedal dependiendo del tipo de avería presente en el equipo
Mediante inspección visual, se comprobará:
El estado del cilindro de mando (bomba de freno).
Si existe cantidad suficiente de líquido de frenos, cuando sea visible y/o accesible el depósito.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 12.8. y Anexo VIII. Particular: Directiva 76/432/CEE.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1.- Funcionamiento defectuoso del servofreno | X | ||
2.- Cilindro de mando defectuoso
2.1.- Con goteo continuo o compromete funcionamiento |
X | ||
X | |||
4.- Cantidad insuficiente de líquido de frenos. | X |
Tubos rígidos en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Mediante inspección visual, se comprobará sí:
Están defectuosos, dañados o excesivamente corroídos.
Existen pérdidas en los tubos o en las conexiones con los manguitos.
Si su fijación es correcta.
Si la colocación puede afectar a su integridad.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 76/432/CEE.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1.- Defectuosos, dañados, excesivamente corroído
1.1.- Con riesgo de rotura |
X | ||
X | |||
2.- Pérdidas en los tubos o en las conexiones con los manguitos
2.1.- Con goteo continuo |
X | ||
X | |||
3.- Fijación incorrecta
3.1.- Con riesgo de rotura o desprendimiento |
X | ||
X | |||
4.- La colocación afecta a su integridad | X |
Tubos flexibles en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Mediante inspección visual, se comprobará sí:
Están defectuosos, desgastados, demasiado cortos o retorcidos.
Existen pérdidas en los tubos o en las conexiones con los manguitos.
Se producen deformaciones bajo presión.
Si su fijación es correcta.
Si la colocación puede afectar a su integridad.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Directiva 76/423/CEE.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1.- Defectuosos, desgastados, demasiado cortos o retorcidos
1.1.- Con riesgo de rotura |
X | ||
X | |||
2.- Pérdidas en los tubos flexibles o manguitos
2.1.- Con goteo continuo |
X | ||
X | |||
3.- Deformaciones bajo presión | X | ||
4.- Fijación incorrecta
4.1.- Con riesgo de rotura o desprendimiento |
X | ||
X | |||
5.- La colocación afecta a su integridad | X |
Forros en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Al no estar autorizado el desmontaje de las ruedas para realizar esta comprobación, puede resultar imposible efectuarla mediante inspección visual. Sin embargo, en los casos en qυe el desgaste de los forros del freno no pueda comprobarse desde fuera o desde debajo del vehículo, se aceptan dispositivos acústicos u ópticos qυe avisen al conductor en el puesto de conducción cuando haga falta sustituir el forro.
Mediante inspección visual, se comprobará (en aquellos casos qυe sea posible) si:
Los forros de freno presentan desgaste excesivo.
Los forros de freno presentan impregnaciones de aceite, grasa, etc.
La señal de aviso, al accionar el contacto, no permanece encendida, siempre qυe el freno de mano no esté accionado.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Reglamento CEPE/ONU 90 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | |||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | |
1.- Desgaste excesivo | X | ||
2.- Impregnados (aceite, grasa, etc.) | X | ||
3.- Señal de aviso de desgaste permanece activada | X |
Tambores y discos en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Mediante inspección visual, se comprobará (en aquellos casos qυe sea posible), si:
Los discos y/o tambores de freno están desgastados en exceso en su superficie activa, están agrietados o rotos.
Los discos y/o tambores están impregnados de aceite, grasa, etc. – Los anclajes son seguros.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular: Ninguna
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | ||
1.- | Desgaste excesivo en su superficie activa
1.1.- Agrietados, rotos o inseguros |
X | ||
X | ||||
2.- | Impregnados (aceite, grasa, etc.) | X | ||
3.- | Anclajes defectuosos
3.1.- Con riesgo de desprendimiento |
X | ||
X |
Cables, varillas, palancas, conexiones en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Mediante inspección visual, se comprobará:
El estado de los cables: defectuosos, enredados, desgastados o corrosión excesiva.
Si las uniones de cables o varillas son seguras.
Si existe cualquier restricción al funcionamiento libre del sistema de frenos.
La aparición de cualquier movimiento anormal de las palancas, varillas o conexiones qυe indique un desajuste o un desgaste excesivo.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII. Particular:
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
FALTA LEVE | FALTA GRAVE | DMG | ||
1.- | Cables defectuosos, enredados, desgastados o con corrosión excesiva Con riesgo de rotura | X | ||
X | ||||
2.- | Uniones de cables o varillas defectuosas | X | ||
3.- | Cualquier restricción al funcionamiento libre del sistema de frenos | X | ||
4.- Cualquier movimiento anormal de las palancas, varillas o conexiones qυe indique un desajuste o un desgaste excesivo | X |
Cilindros del sistema de frenado en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).
Mediante inspección visual, se comprobará (en aquellos casos en qυe sea posible) si:
Están agrietados, defectuosos o presentan corrosión excesiva.
Existen pérdidas.
Su montaje es inseguro o inadecuado.
El recorrido del vástago del cilindro es excesivo.
Hay daños excesivos o pérdida de la carcasa de protección contra el polvo.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art.12.8 y Anexo VIII.
Particular:
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación | ||||
DL | DG | DMG | ||
1.- | Agrietados, defectuosos o con excesiva corrosión
1.1.- Con riesgo de rotura |
X | ||
X | ||||
2.- | Pérdidas sin goteo continuo | X |
|
|
3.- | Pérdidas con goteo continuo | X | ||
4.- | Montaje inseguro o inadecuado | X | ||
5.- Recorrido excesivo del vástago del cilindro | X | |||
6.- Pérdida de la carcasa de protección contra el polvo o daños excesivos en la misma | X |