Señalización luminosa específica en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV

Señalización luminosa específica en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).

 

 

Los tractores agrícolas y maquinaria automotriz agrícola qυe circulen por las vías de uso público a una velocidad inferior a los 40 km/h, deberán llevar conectada la señal luminosa V-2.

 

V-2

VEHÍCULO OBSTÁCULO

EN LA VÍA

Luz de color amarillo-auto. Estas luces deben, en todo caso, llevar la marca de homologación según el R65.

 

 

Vehículos destinados a remolcar a los accidentados o averiados.

Vehículos especiales o de transportes especiales.

Columnas militares.

Vehículos piloto.

 

Los vehículos qυe tienen obligación de  utilizar la señal luminosa V-2, además podrán llevar con carácter voluntario en el contorno del vehículo unos distintivos reflectantes

 

Su encendido debe ser independiente de las demás luces.

 

 

 

Mediante inspección visual se comprobará:

 

La existencia.

El funcionamiento.

La situación reglamentaria.

El estado de los dispositivos.

El color y la forma reglamentarios.

La existencia de luces, pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados.

 

REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

 

General:     Reglamento General de Vehículos, Arts. 15.5. y 18 y Anexo XI. Particular:       Reglamento CEPE/ONU 65 R.

 

 

INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

 

  Calificación
FALTA LEVE FALTA GRAVE DMG
1.-  Inexistencia de la señalización en los vehículos obligados a llevarla                                                                                                          X  
2.-  No funciona         X  
3.-  Situación no reglamentaria                X  
4.-  Estado de dispositivo defectuoso   

4.1.- Si afecta a su función o existe riesgo de desprendimiento   

X    
  X  
5.-  Color y/o forma no reglamentario      X  
7.- Existencia de luces, pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados            X