Vidrios de seguridad en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV

Vidrios de seguridad en tractores agrícola, Motocultor, Tractocarro, Maquinaria… para la ITV (Inspeccion técnica de vehículos).

 

Los elementos transparentes del habitáculo qυe afecten al campo de visión del conductor no deben deformar de modo apreciable los objetos vistos a su través, ni producir confusión entre los colores utilizados en la señalización vial.

 

Se entiende como campo de visión mínimo del conductor, la zona delimitada sobre el parabrisas delantero por una franja de aproximadamente 60 cm de longitud y enmarcada en su altura por el barrido del limpia parabrisas y en su parte inferior por la tangente horizontal al borde superior del volante de dirección.

Los vidrios de seguridad deben pertenecer a tipos previamente homologados. –       Las láminas adhesivas deberán cumplir con la legislación vigente.

 

 

 

 

Mediante inspección visual se comprobará:

 

La existencia e integridad de todos los vidrios.

Que todos los vidrios corresponden con tipos homologados.

En caso de llevar láminas adhesivas cumplen con la legislación vigente.

La inexistencia de fisuras, impactos o láminas adheridas en los parabrisas delantero y trasero qυe dificulten el campo de visión del conductor.

 

 

REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

 

General:         Reglamento General de Vehículos, Arts. 11.1 y 11.3.

Reglamento General de Circulación Art. 19.

O.M. 06/06/2001

 

Particular:      Directiva 89/173/CEE.

Reglamento CEPE/ONU 43R.

INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS

 

 

  Calificación
FALTA LEVE FALTA GRAVE DMG
1.- Vidrio inexistente o roto         X    
2.- Vidrios no homologados        X    
3.- Lámina adhesiva no reglamentaria   X    
5.-    Fisuras, impactos o deterioros en el campo de visión mínimo del conductor                X